NOTA DE PRENSA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN
La Conselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport ha convocado los centros educativos valencianos sostenidos con fondos públicos a participar el próximo 23 de noviembre en las elecciones a consejos escolares, donde se elegirán los representantes del mayor órgano colegiado de gobierno en los centros docentes no universitarios.
A las elecciones están llamados tanto los centros de Infantil y Primaria cómo de Secundaria y Bachillerato, Educación Especial, enseñanzas de régimen especial y educación de personas adultas.
Hay que recordar que el consejo escolar es la vía de participación de los varios sectores de la comunidad educativa en los centros. Mediante estos organismos se crean diferentes comisiones en que se regula el buen funcionamiento de los centros.
El consejo escolar de los centros públicos está compuesto por el director del centro, que es el presidente; el jefe de estudios; un regidor o representante del ayuntamiento del término municipal donde se encuentre el centro; un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo, elegidos por el claustro y en representación de este; un número de padres, madres y de alumnas, elegidos por ellos y entre ellos, respectivamente, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo; un representante del personal de administración y servicios del centro, y el secretario del centro, que actuará como secretario del consejo, con voz y sin voto.
Uno de los representantes de los padres en el consejo escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del consejo escolar a partir del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria. Los alumnos del tercer ciclo de Educación Primaria podrán participar en el consejo escolar, con voz, pero sin voto.
Respecto a la propaganda electoral, las personas que dirigen los centros permitirán a los candidatos y candidatas que puedan dar a conocer sus propuestas electorales. Respecto de esto, se facilitarán en especial locales para reuniones a los miembros de las candidaturas de los sectores de padres y madres y de alumnado.
Los miembros de las asociaciones u organizaciones de padres y madres y de alumnas podrán acceder en los centros para exponer los programas de sus respectivas organizaciones. Estas actividades se llevarán a cabo en el horario que determine la dirección del centro, sin que pueda alterarse el desarrollo normal de las actividades académicas.
Por otro lado, el calendario de elecciones a consejos escolares indica que el director o directora del centro es quien elabora los censos electorales y organiza el sorteo de componentes, titulares y suplentes, de la junta electoral, que aprobará los censos electorales.
La publicación de la lista provisional de candidatos se realizará hasta el 7 de noviembre y el plazo para posibles reclamaciones a la lista provisional de candidatos será hasta el 9 de noviembre.
Por su parte, el plazo para resolver estas reclamaciones está previsto que finalizo el 13 de noviembre. La proclamación de los candidatos electos se llevará a cabo hasta el 1 de diciembre, y la sesión constitutiva del nuevo o del renovado consejo escolar, hasta el 15 de diciembre.